Señora./ Las Religiones Mendicantes, y Monachales de estas Prouincias de la Corona de Leon, y Castilla, puestas humildemente à los pies de V. Magestad, dizen: Que el Licenciado Don Iuan Giles Pretel, vuestro Fiscal de Hazienda, tiene presentado en el mismo Consejo vn numero muy crecido de demandas còtra diuersos Conuentos de dichas Religiones, y con pretexto de que perciben para si los diezmos de sus heredades, pide que sean condenados à contribuir en los dos nouenos, ò tercios Reales, sin desquento, ni diminucion alguna; y que restituyan quanto han dexado de pagar desde que poseen las dichas heredades. (63) Tomo 45 "Alegaciones Varias"

By: Giles Pretel, Juan deContributor(s): (s.t.)Material type: TextTextPublisher: (s.l. s.t.) [1606]Description: 1 + 26 h. ; (1 hoja de portada que no tiene relacion con la alegacion siguiente), (nota man. cabecera), (ff. 578-603) Fol
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Libro Impreso Antiguo Biblioteca Catedral de Córdoba
BCC - Sala de Diputación de Hacienda
Impresos del siglo XVI-XVIII BCSDH F/5 - 1964 (Browse shelf) No se presta - Uso en sala
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BCSDH F/5 - 1964 Sanctiss. D.N. Sixti Diuina prouidentia. PP. V. Indultum deferendi habitum non clericalem pro aliquibus S. D.N. familiaribus, et ijs qui pensiones non ultra LX. ducat. percipiunt. Et prorogatio XV. dierum pro personis in Vrbe degentibus. Sixtvs Episcopvs Servvs Servorvm Dei, Ad perpetuam rei memoriam. (60) Tomo 45 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1964 Moderatio Constitvtionvm Sixti. V. Felicis Recordationis contra illegitimos regularium, Facta A S. D. N. Gregorio Papa. XIIII. Gregorivs Episcopvs Servvs seruorum Dei , Ad perpetuam rei memoriam. (61) Tomo 45 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1964 Bvlla / S.D.N. Gregorii PP. XIIII. De dispensationibus Matrimonialibus in secundo, vel in primo & secundo consanguinitatis, seu affinitatis gradibus non concedendis. ET Poenis à iure statutis contra incestuosos exequendis. Gregorivs Episcopvs Servvs seruorum Dei, Ad perpetuam rei memoriam. (62) Tomo 45 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1964 Señora./ Las Religiones Mendicantes, y Monachales de estas Prouincias de la Corona de Leon, y Castilla, puestas humildemente à los pies de V. Magestad, dizen: Que el Licenciado Don Iuan Giles Pretel, vuestro Fiscal de Hazienda, tiene presentado en el mismo Consejo vn numero muy crecido de demandas còtra diuersos Conuentos de dichas Religiones, y con pretexto de que perciben para si los diezmos de sus heredades, pide que sean condenados à contribuir en los dos nouenos, ò tercios Reales, sin desquento, ni diminucion alguna; y que restituyan quanto han dexado de pagar desde que poseen las dichas heredades. (63) Tomo 45 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1966 Nos el Dean y Cavildo de la Sancta Yglessia Metropolitana de la Ciudad de Granada Sede Archiepiscopali vacante. Por quanto en este tiempo que esta a nuestro cargo el cuidado, y gobierno de este Arzobispado, deseamos poner los medios convenientes, paraquese promueva el mayor servicio de Dios nuestro Señor, y se consiga el descargo de nuestras conciencias,.... (1) Tomo 47 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1966 Apvntaciones en hecho, y derecho. Por Don Diego de Nauarrete Presbytero en el pleito Con el Dr. Bonilla Medico sobre vna de las Capellanias que fundô Dª. Theresa de Cordoba, y Hoces. (2) Tomo 47 "Alegaciones Varias" BCSDH F/5 - 1966 Porque parece se â dudado ser proposicion legal, y conforme a principios de derecho el que en las causas criminales deben ratificarse los testigos de la summaria aun despues de hecha publicacion de probanzas, y que aun sin pedirlo la parte, el sr. Juez de ofcio debe mandarlos ratificar, apremiando a los testigos a que comparezcan para ello, se notan los lugares siguientes por donde se convence ser cierta, e indubitable dicha proposicion. (3) Tomo 47 "Alegaciones Varias"

BCC, instr. 053 pág. 77

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